Tradición y Cumplimiento

  • +861 5052 / 5054

Una Orientación básica para nuestros visitantes

  • ¿Qué pasa si pido el inmueble de manera anticipada?
    R / Estaría incurso en incumplimiento del contrato y por ende acreedor al pago del apena al arrendatario que se haya establecido.
  • ¿Qué pasa si no doy el preaviso para pedir el inmueble con el tiempo requerido?
    R / En el mismo sentido implica en incumplimiento del contrato y por ende acreedor al pago del apena que se haya establecido.
  • ¿Qué pasa si no autorizo o hago las reparaciones locativas a mi cargo con la debida oportunidad?
    R / Puede suceder que la norma prevé que el arrendatario puede mandar a realizarlos y deducirlos de la renta, recuerde que el contrato de administración se prevé que en estos casos el administrador quedaría facultado para mandarlos a realizar y deducirlos de la renta.
  • ¿Qué pasa si no hago el alistamiento del bien para arrendarlo?
    R / Puede ser la causa que demore más de lo normal el colocar el bien, estará en desventaja con los otros que estén en el mercado.
  • ¿Qué documentación debo allegar con el contrato de Administración?
    R / Fotocopia de la cedula de ciudanía del propietario, en caso de apoderado, copia del poder y copia cédula de apoderado, Certificado de Tradición y libertad vigente, copia del impuesto predial, para lotes uso de suelo, y copia de todos los servicios públicos con que cuente el bien.
  • ¿Qué pasa si entrego el inmueble antes de la fecha de vencimiento del contrato?
    R / Quedo incurso en incumplimiento del contrato y por ende acreedor al pago del apena que se haya establecido.
  • ¿Qué pasa si no doy el preaviso para la entrega con el tiempo previsto en el contrato?
    R / Al igual que el caso anterior quedo incurso en incumplimiento del contrato y por ende acreedor al pago del apena que se haya establecido
  • ¿Cual es el proceso a seguir para solicitar reparaciones locativas?
    R / Enviar comunicación escrita bien sea vía email o mediante medio físico dando a conocer la novedad presentada, prever que esta tiene el trámite de consulta al propietario y que es responsabilidad suya velar por la calidad del trabajo que haga el contratista.
  • ¿Puedo solicitar mejoras locativas?
    R / No, a no ser que se esté dispuesto a aceptar pagar una renta consecuente con las mejoras que se le hagan al bien.
  • ¿Qué pasa si no pago la renta en las fechas previstas?
    R / Recuerde que hay unos recargos previstos para los pagos después del 5 de cada mes y otros si este se hace después del 10 y si pasado el quince a una no se ha hecho, pude ser enviado a jurídica con las consecuencias que eso implica, honorarios, y reporte a las centrales de riego tanto de usted como de sus codeudores.
  • ¿Como hago para pagar por Internet?
    R / Fácil de manera muy segura, el sistema de recaudo por PSE, no solo le ayuda a horrar tiempo, sino que haciendo su transacción desde un ordenador ( computador) personal, sino que lo pude hacer a cualquier hora y desde cualquier lugar del mundo donde tenga acceso a internet, ingresando a www.laaldaba.com.co en el icono de PSE, se da clic, y él lo lleva a un pantallazo donde puede ingresar el Código del inmueble y el número de cedula NIT del titular del contrato EJ. CASA535, O APTO512, LOCAL315 OFICINA620 FINCA725 BODEGA825 O LOTE215, según sea el caso ahí le arroja el valor a pagar según la fecha, pique en el corresponde según la fecha y en seguida será redireccionando a su banco, donde podrá realizar su pago, y guarde o imprima el pantallazo, las instrucciones están en la parte inferior.
  • ¿Qué pasa si no dejo la provisión para servicios públicos o no hago las reparaciones locativas a mi cargo cuando finaliza el contrato?
    R / Al igual que en los dos primeros casos estaría incurso en incumplimiento del contrato y por ende acreedor al pago del apena que se haya establecido
  • ¿Que paso si uso zonas comunes indebidamente o rento espacios de ellas y no pago?
    R / Estaría incumpliendo el contrato de arrendamiento al no acatar en debida forma el Reglamento de Propiedad Horizontal y manuelas de convivencia.
  • ¿Incumplir con normas del código Nacional de Policía afecta mi contrato de arrendamiento?
    R / Puede ser la causa que demore más de lo normal el colocar el bien, estará en desventaja con los otros que estén en el mercado.
  • ¿Qué pasa si mi inmueble tiene alguna limitación al dominio?
    R / Nuestra compañía le indicara como subsanarla.
  • ¿Por qué contratar con La aldaba?
    R /Por qué somos una compañía, que nos ponemos en los zapatos de nuestros clientes, al Vendedor, le ayudamos hacer la mejor venta, con transparencia, advirtiendo y previniendo de cualquier dificultad o posible fraude.
  • ¿Por qué comprar mi inmueble por intermedio de La aldaba?
    R / En el mismo sentido al comprador, le ayudamos a comprar el inmueble que quiere asesorándolo de acuerdo a sus necesidades y posibilidades.
  • ¿Puedo luego de haber seleccionado mi inmueble contratar con La aldaba la asesoría del legalización de la compraventa?
    R / Si, y nuestra asesoría será igual como si el negocio se hubiera hecho por nuestro intermedio.
  • ¿Puedo luego de haber llegado a un acuerdo con el comprador sobre la venta de mi inmueble contratar con La Aldaba la legalización del negocio?
    R / Si, y nuestra asesoría será igual como si el negocio se hubiera hecho por nuestro intermedio
  • ¿Por qué debo mandar hacer un avaluó de mi propiedad si la voy a vender?
    R / Porque en la decisión que va a tomar está en juego su patrimonio, en la que juegan millones, cualquier equivocación representa millones y muy seguramente el avalúo no le valdrá menos de un millón.
  • ¿Por qué hacer un avalúo de un bien que quiero comprar?
    R /Porque en la decisión que va a tomar está en juego su patrimonio, en la que juegan millones, cualquier equivocación representa millones y muy seguramente el avalúo no le valdrá menos de un millón
  • ¿Por qué contratar mis avalúos con La Aldaba?
    R / Porque nuestra firma, ha cuidado de que sus Avaluadores (peritos) estén actualizados, tanto en el aspecto normativo, como de mercado, que estén debidamente acreditados y que su ética sea intachable.
  • ¿Qué debo exigir a mi perito o Avaluador para contratarlo?
    R / Que acredite su competencia laboral mediante una certificación por el órgano competente (SENA) y que los informes se hagan conforme a las NTS del RNA e ICONTEC y a las IVSC.
  • ¿Qué es ERA Y RAA?
    R / Entidades creadas por la ley 1673 de 2013,ERA, Entidad reguladora de los Avaluadores y RAA, Registro Abierto de Avaluadores, donde se llevan los registros de todos los Avaluadores del país, que estan autorizados para hacer Avalúos